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sábado, 30 de julio de 2011

Uso de elementos comunes por el propietario de inmueble arrendado

el arrendamiento o la formalización de cualquier otro tipo de título de ocupación de un inmueble, el propietario no podría -por regla general- simultanear el uso de los elementos comunes con el arrendatario.

En caso de que el propietario haga uso de los elementos comunes estando su vivienda o local arrendados, el administrador de fincas o el presidente le requerirán para que deje de hacerlo.

“De persistir en su conducta podría ejercitarse una demanda judicial de obligación de no hacer (Artículo 1088 Código civil), a fin de que la comunidad obtenga una sentencia firme que se lo impida y que en caso de incumplimiento, pueda entenderse cometido un delito de desobediencia a la autoridad judicial si así fuere requerido para ello“, tal y como se establece en las conclusiones del Congreso celebrado entre Poder Judicial y administradores de fincas de la Comunidad Valenciana en febrero de 2010.

Porque cuando se cede el uso de la vivienda o local, “se hace a la vez de sus accesorios inseparables que son los elementos comunes“, tales como piscinas, pistas deportivas, zonas de ocio, etcétera.

Incluso en el caso de que se hubiera pactado el uso compartido entre el propietario y el inquilino a través del contrato de arrendamiento, esta cláusula no vincularán en modo alguno a la Comunidad.

Sin perjuicio de todo lo anterior, habrá que considerar previamente el grado de tolerancia de la comunidad con respecto a este tipo de situaciones, ya que si bien no está obligada a soportarlas si atendemos a las circunstancias generalmente aplicables, podría autorizarlo perfectamente
Del boletin de AEGI
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martes, 25 de agosto de 2009

CLAVES PARA LOCALIZAR AL INQUILINO IDEAL


la crisis está haciendo que muchas personas pongan su casa en alquiler, sus principales miedos son no cobrar y sufrir daños en el inmueble

reducir las posibilidades de encontrarse con estos problemas puede llevarse a cabo mediante la elección del inquilino y en la firma del contrato y cláusulas. la revista ofrecemos una serie de recomendaciones:

1) publicar un anuncio lo mas completo posible
los interesados conocen de antemano las condiciones, principalmente económicas, y que nos llegarán personas de perfil económico adecuado a visitar la casa

2) saber a quién se quiere alquilar
somos libres de alquilar la casa a quien nos parezca mejor. tradicionalmente, las familias con hijos mayores o sin animales, en general, cuidan mejor la casa. lo que tenemos que saber es si tenemos un inmueble adecuado para ellos o si tenemos que dirigirnos a otro publico objetivo

3) asegurarse estabilidad laboral
un trabajo estable, solvente o con contrato indefinido, suele ser garantía de pago. si es necesario, solicita una carta de recomendación o documentación que acredite su posición

4) investigar algo más con permiso del posible inquilino
En lugar de recurrir al aval bancario, el propietario puede acudir a la entidad con la que opera el inquilino e interesarse por su reputación pagadora.

5) pedir referencias
preguntar a anteriores caseros puede ser otra opción, aunque hay que tener cuidado, ya que el casero puede informarnos positivamente de forma intencionada para "librarse" de él

6) no todo es cobrar
antes, se buscaban empleados de banca y funcionarios como buenos inquilinos, pero también debemos valorar la impresión que nos cause la persona para concluir si cuidará el inmueble

7) pedir una fianza
es de obligado cumplimiento según dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos, y debe ser equivalente a una mensualidad de renta, si el inmueble se alquila para uso de vivienda, y de dos mensualidades, cuando tenga una utilización comercial

8) estudiar contratar un seguro de alquiler
se puede contratar un seguro de alquiler que gestionan los propietarios y que incluye una garantía de cobro de hasta 12 mensualidades impagadas, la compensación por vandalismo o deterioro del inmueble y la cobertura de los gastos de un abogado, si el titular de la póliza lo requiere. Mapfre y la empresa Arag nos pueden infórmar antes del precio y condiciones

9) valorar la idoneidad de un aval bancario
dependiendo del inmueble se puede/debe pedir o no. El aval protege frente a los impagos, aunque también se emplea para cubrir los posibles daños en la vivienda . La medida no agrada demasiado a los inquilinos y en rentas bajas les ahoga financieramente. si decides pedirla, recuerda que debes actualizarla una vez concluido el periodo por el que se haya firmado

10) desconfiar del inquilino súper-perfecto
se han dado casos en que un inquilino a la priori perfecto (promete no hacer fiestas, tener personal para limpiar la casa, prometer trabajo superestable...) ha resultado ser un/a estafador/a. hay profesionales que saben lo que quiere escuchar el propietarios y le regalan los oídos

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