El Fondo de Garantía de Depósitos ( FGD ) tiene como objetivo garantizar a los clientes la recuperación de sus depósitos ( dinerarios y en valores ) en el supuesto de que la entidad quiebre, hasta los límites establecidos . También tiene por objeto realizar actuaciones que refuercen la solvencia y funcionamiento de una entidad en dificultades.
El FGD se nutre de las aportaciones que realizan anualmente los bancos y cajas de ahorros , equivalente al 2 por 1.000 de los depósitos anuales .
En octubre del 2008, el Gobierno acometió la reforma del FGD , con el objetivo de hacer frente a creciente temor de los depositantes por sus ahorros . Tras la ampliación el FGD tiene como límite 100.000 € por depositante en cada entidad de crédito .
Este límite se aplicará por depositante , sea persona física o jurídica . Cuando una cuenta tenga más de un titular , su importe se dividirá entre todos los titulares.
CONSEJOS
1) Si el cliente dispone de ahorros superiores a los 100.000 € , es recomendable diversificarlos en diferentes entidades de crédito .
2) Antes de contratar cualquier producto financiero con un banco extranjero , hay que verificar si éste está sujeto al FGD español ó a uno extranjero.
3) si la cobertura la presta el FGD de otro país , hay que comprobar hasta que cuantía alcanza
FGD Tel 914316645
Puede ver las mejores ofertas del aljarafe en viviendas en www.juanrivero.es
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En octubre del 2008, el Gobierno acometió la reforma del FGD , con el objetivo de hacer frente a creciente temor de los depositantes por sus ahorros . Tras la ampliación el FGD tiene como límite 100.000 € por depositante en cada entidad de crédito .
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CONSEJOS
1) Si el cliente dispone de ahorros superiores a los 100.000 € , es recomendable diversificarlos en diferentes entidades de crédito .
2) Antes de contratar cualquier producto financiero con un banco extranjero , hay que verificar si éste está sujeto al FGD español ó a uno extranjero.
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