domingo, 20 de febrero de 2011

EL BANCO DE ESPAÑA AVALÓ EN SU DÍA LA CLÁUSULA 'SUELO'

El Banco de España, en un informe emitido a petición del Senado, avaló la aplicación de estas cláusulas, al considerar que limitar la variación de los tipos de interés es una condición esencial del contrato al formar parte del precio del préstamo.

El organismo supervisor señaló también que la fijación de los tipos de interés de las operaciones activas es libre entre las partes, que los techos de las cláusulas tienen como fin garantizar unos ingresos mínimos para la entidad que concede el crédito, sea cual sea la coyuntura de tipos en los mercados, y que son positivas desde el punto de vista del coste medio para los clientes. Al Banco de España con estas y otras actuaciones en favor de la banca, se le ve un poquito “el plumero”

La sentencia, dictada el pasado 30 de septiembre por un juzgado de Sevilla, declaró la nulidad de las 'cláusulas suelo' al considerar que eran abusivas debido al "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco "que carece de reciprocidad en perjuicio del consumidor". Estas actuaciones en favor de los derechos del consumidor han estado promovidas por Ausbanc Sevilla.
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