domingo, 27 de septiembre de 2009

HIPOTECAS INVERSAS

Ante las preguntas de algunos cliente , aclaramos aquí algunos conceptos sobre “La Hipoteca Inversa”
Es un préstamo hipotecario que ofrecen los bancos y consiste:
Mensualmente nos van dando una cantidad de dinero a cambio de hipotecar un bien. Al fallecer el propietario, habrá que devolver el capital pendiente al banco, por lo que los herederos pueden continuar pagando las cuotas (y quedarse con la vivienda hipotecada) o vender la vivienda y pagar la deuda al banco.

Es ideal para personas con más de 65 años que tengan una vivienda pues reciben bajas pensiones y así disponen de un dinero extra y pueden seguir viviendo en su casa.
La primera condición es que el inmueble a hipotecar este libre de cargas. De no estarlo, podemos pedir la hipoteca inversa y con ella acabar de pagar la hipoteca anterior.
Las rentas que vayamos recibiendo mensualmente pueden ser fijadas o revisadas periódicamente, generalmente con carácter anual. Igualmente podemos pedirla de por vida (vitalicias) o de forma temporal.

Como cualquier préstamo, lleva un tipo de interés, que suele ser algo más alto que las operaciones normales con garantía hipotecaria debido a la incertidumbre sobre el momento en que se cancelará el préstamo. No obstante, los herederos pueden disponer de entre 6 meses y un año para decidir que hacer con la vivienda

PUeden ver articulos interesantes sobre hipotecas en la siguiente web
http://net-ngo.com/

Dado el desconocimiento general sobre estas hipotecas incluiremos nuevas aclaraciones en proximos artículos

Quedamos a disposicion de cualquier persona interesada para aclarar posibles dudas

Vea viviendas interesantes en el Aljarafe ( SEvilla ) en wwww.juanrivero.es

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